La tecnología de registro contable basado en cadena de bloques, ha evolucionado gracias al avance de las tecnologías que sustentan las criptomonedas para dar cobertura a los contratos inteligentes.
A diferencia de los acuerdos escritos tradicionales, los contratos inteligentes están codificados en base a un lenguaje de programación para que puedan invocarse en aplicación de condiciones a una transacción económica.
La ejecución del contrato inteligente puede implicar que la transacción económica se lleve a cabo o no, en base a ciertas condiciones (algunas externas que se consultan a fuentes de información denominadas «oráculos»).
Sin embargo, puede ser que el contrato inteligente no contemple todas las posibles variantes de las condiciones y finalmente se produzca una controversia que no se puede solucionar por el propio contrato.
Si la controversia se lleva a los tribunales, se produce un gran reto para los jueces a los que por turno corresponda conocer del asunto.
Es posible que estos jueces no estén versados en el lenguaje de la codificación informática que ha definido los contratos inteligentes controvertidos. La propia elección de un perito tampoco es tarea fácil en un litigio que implique este tipo de tecnología.
Recientemente se ha publicado una tesis (en inglés) que aborda el problema desde un contexto judicial anglosajón pero que puede ser interesante como punto de reflexión para abordar este tipo de problemas en contextos legales continentales.
Se consideran el arbitraje basado en una plataforma, un tribunal internacional dedicado a la cadena de bloques, jurados para valoración colectiva a través de los cuales se toma una decisión mediante la teoría de los juegos, e incluso la evolución de la inteligencia artificial para pasar en ciertos casos la función jurisdiccional a un programa informático.
